¿Eres autónomo? Estas son las novedades legislativas para el 2018 que debes conocer

Quizá uno de tus propósitos para el próximo 2018 sea emprender y pasar a formar parte del colectivo de los autónomos. Pero ¿conoces las medidas que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018 y que afectarán a los autónomos.

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que se aprobó el pasado octubre incorporó nuevas medidas que deberías conocer antes de gestionar tu alta de trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social. Aquí te las explicamos.

Ampliación de la tarifa plana para nuevos autónomos

Los nuevos inscritos como autónomos en el 2018, durante el primer año de inicio, siempre que coticen por la base mínima, deberán pagar a la Seguridad Social una cuota de 50 euros. Se trata de una importante disminución frente a los 275 euros que se desembolsa habitualmente en concepto de cuota mínima.

Bonificación del 80% sobre la base mínima para cotizaciones superiores

Una de las principales novedades de esta reforma es la extensión de la tarifa plana de seis meses a un año. Pasado ese periodo, se continuarán aplicando las bonificaciones por tramos, 50% en el primer semestre y 30% en el último.

Cabe destacar que las mujeres menores de 35 años junto a los hombres menores de 30 podrán disfrutar de un 30% de bonificación durante un año más.

Cotización por días reales de alta y bajas

A partir del 2018, los autónomos únicamente pagarán la parte proporcional de cuota a parir de la fecha de alta en autónomos y no el mes entero.

Menos tiempo de espera para reemprender con bonificación

El plazo de espera sin cotizar en autónomos para adherirse a bonificaciones en la cuota pasa de cinco a dos, siempre que el trabajador que reemprenda no haya disfrutado ya de esta bonificación.

Nuevas deducciones fiscales

Los trabajadores por cuenta propia que coman fuera de caso podrán deducirse este gasto del IRPF siempre que se cumplan tres condiciones: que el gasto se realice fuera del municipio al que corresponda el domicilio del negocio, que el pago sea telemático y que se conserve el comprobante. La cuantía diaria deducible por comer fuera será de 26,67 euros o 48,08 si es en territorio extranjero.

Doyoumedia

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